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Medidas especiales en El Escorial durante la crisis del Coronavirus

El Escorial.- El alcalde Antonio Vicente Rubio, ante la gravedad de la situación de la pandemia por el coronavirus lanza el siguiente decreto:

«Por la Directora General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid se ha dictado Resolución de fecha 6 de marzo de 2020, por la que en virtud de lo prevenido en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública y la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, así como la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, y con motivo de la confirmación de casos de infección de COVID-19 entre los usuarios de centros de mayores, se ordena la suspensión de actividades de estos centros en las tipologías de hogares y clubes y servicios de convivencia familiar y social dirigidos al sector de atención tercera edad ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid por un plazo de un mes y con efectos de 7 de marzo de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva».

«Con fecha 9 de marzo la Consejería de Sanidad, en la misma línea ha adoptado nuevas medidas preventivas en el ámbito docente suspendiendo temporalmente la actividad educativa en todos los centro, etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza incluidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación a partir del día 11 de marzo y por un plazo de 15 días, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva».

«En esta misma línea, el Ayuntamiento de El Escorial ha decidido reforzar las medidas de protección de la población escurialense y por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que dispone que las Administraciones Públicas dentro del ámbito de sus competencias, y al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, pueden adoptar las medidas previstas en la citada Ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad y el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, donde se señala que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal y, en todo caso, tendrá como competencia propia en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre otras las de protección de la salubridad pública».

Por lo que el alcalde, viene a decretar los siguientes puntos, para beneficio del municipio de la Leal Villa de El Escorial.

PRIMERO: Proceder, de conformidad con las Resolución de la Consejería de Sanidad de fecha 6 de marzo, a la suspensión de las actividades del Centro de Mayores por un plazo de un mes y con efectos desde el 7 de marzo de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva.

SEGUNDA: Proceder, de conformidad con las Resolución de la Consejería de Sanidad de fecha 9 de marzo, a la suspensión de la actividad de los centros educativos mencionados incluidos en nuestro término municipal desde el del día 11 de marzo y por un plazo de 15 días, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva.

TERCERO.- Suspender toda la actividad docente del Area de Cultura, Area de Juventud, Area de Educación, de la Escuela de Música así como de las escuelas deportivas desde el 11 de marzo por un plazo de 15 días, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva.